Intrusismo Profesional
Estimados compañeros,
Uno de los objetivos de nuestra organización, es la lucha contra el intrusismo profesional. Lamentablemente ésta práctica es en algunos lugares de nuestra geografía, bastante habitual, lo que perjudica enormemente nuestra imagen como profesionales Técnicos/as con Certificación o Titulación oficial.
Además en AEPEDI, de la mano de ISIA, trabajamos por la excelencia profesional de nuestros técnicos/as asociados/as, convocando todos los años a principio de temporada, los cursos de formación continuada, con el objetivo de que los alumnos reciban siempre unas clases profesionales con altos estándares de calidad y de seguridad.
El algunas Comunidades Autónomas de España, como por ejemplo en Aragón; se realizan inspecciones periódicas y habituales por parte de las autoridades (Policías Autonómicas, Policía Nacional y Guardia Civil), en el control de que las personas que dan clases en las pistas, dispongan de la acreditación de ser Técnicos Deportivos en las correspondientes especialidades de Deportes de Invierno.
Para poder trabajar legalmente en España, es necesario disponer al menos ; del Certificado de TD1 o bien la Titulación de TD2 o TD3, o en su caso disponer de la homologación oficial correspondiente, emitida por el departamento correspondiente del estado Español.
Os transcribimos para vuestro conocimiento, una nota de prensa remitida por nuestras asociadas Verónica Noriega Cerro y Nuria Noriega Cerro y nos solicitan su difusión. El comunicado de prensa emitido, para el conocimiento público de ciertas cuestiones que pudieran ser de vuestro interés.
En lo que se refiere específicamente al Intrusismo profesional, el escrito denuncia prácticas de impartir clases por personas que no disponen de las preceptivas Certificaciones o Titulaciones, lo que hacemos público a través de nuestra página, para conocimiento de las autoridades competentes.
En el resto de cuestiones de procedimientos sancionadores, no nos podemos pronunciar al ser una cuestión de carácter privado, si bien la sentencia anuló el espediente sancionador.
Enlace a la sentencia: https://aepedi.org/wp-content/uploads/2025/10/0088-25_J.Con-Adm_no1_SantanderSENTENCIA_ESTIM._FIRM.._FASE-SENTENCIA._ESTADO-TERMINADO.pdf
«COMUNICADO DE PRENSA A LA DIRECCIÓN DE REDACCIÓN DEL DIARIO MONTAÑÉS.
-Santander 13 de Octubre 2025-
Titular de Noticia:
La Escuela SkiCampoo Triunfa en la Defensa de sus Derechos. Anulación de un Expediente Sancionador Injusto, con la condena a costas al Gobierno de Cantabria
La Escuela Skicampoo dirigida por Verónica Noriega Cerro y Nuria Noriega Cerro, anuncia públicamente que, representadas por el abogado D. Francisco Díez López ha ganado la sentencia en el Tribunal Contencioso Administrativo de Cantabria. El caso relacionado con un expediente sancionador que fue impuesto en el año 2022, carecía de los procedimientos adecuados. Esta decisión marca un hito importante para nuestra institución y reafirma nuestro compromiso con la transparencia y la justicia.
Recientemente, la Escuela Skicampoo se enfrentó a un expediente sancionador que, de manera injusta y sin seguir los procedimientos reglamentarios necesarios, fue impuesto por la Consejería de Turismo Cultura y Deporte de Cantabria, quienes, en un acto sin precedentes, se sirvió únicamente de una denuncia realizada por la empresa competidora Escuela Slalom, obviando el proceso legal que debería haber incluido la práctica de un acta de inspección.
En lugar de llevar a cabo las diligencias pertinentes, como la práctica de un acta de inspección, la Consejería tomó medidas drásticas que afectaron significativamente nuestra reputación y operaciones. El expediente sancionador, acusaba a la Escuela Skicampoo de “intrusismo y de supuestas inexactitudes e irregularidades”.
Además, hemos observado que en la gestión de la Estación Alto Campoo no se están cumpliendo los términos reglamentarios en cuanto a la exigencia de la titulación preceptiva de los profesores de esquí. Esta situación pone en riesgo la calidad de la enseñanza del esquí en la región y la seguridad de los usuarios.
En varias ocasiones, hemos dirigido reclamaciones tanto al Director de la Estación Alto Campoo, como al Director de Cantur, instándoles a que se establezcan y se hagan cumplir las normas recogidas por ATUDEM (Asociación turística de Estaciones de Esquí y Montaña de España) en el Reglamento de la práctica del esquí, así como en la Ley 39/2022 de 30 de diciembre del Deporte, en su artículo 38, y especialmente en su disposición sexta y sétima de la citada Ley para el personal técnico deportivo.
Es necesario que todas las escuelas de esquí, cumplan con la normativa y la titulación reglamentaria de profesores de esquí, ofreciendo a los alumnos y sus familias un servicio seguro, con los estándares de calidad y seguridad homologables de las mejores estaciones de esquí, para lograr la excelencia turística deseable para la marca “Cantabria Infinita”.
Desde su creación, La Escuela Skicampoo, ha estado cumpliendo rigurosamente con la normativa establecida. Ha sido licitante en la Estación Alto Campoo y pionera en la creación de un jardín de nieve, donde se ofrecía un servicio a las familias con niños pequeños, los cuales disfrutaban de sus primeras experiencias y prácticas de inicio al esquí, y estaban bajo el atento cuidado de nuestras técnicos tituladas infantiles Esta primicia, fue publicada por Cantur en este medio Diario Montañés.
La Escuela Skicampoo continuará luchando para que se sigan los protocolos correspondientes. Estamos comprometidos con la excelencia de la formación y la seguridad de nuestros alumnos y usuarios. Agradecemos el apoyo constante de nuestra comunidad y de aquellos que valoran la importancia de una competencia leal y ética en nuestro sector. «